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Nuevas instrucciones a las entidades financieras sobre el tratamiento de deudores en procesos, procedimientos y trámites de reorganización
Bajo las nuevas directivas, las entidades financieras no marcarán automáticamente los créditos a cargo de esos deudores que se encuentren en procesos, procedimientos y trámites de insolvencia como incumplidos, sino que su calificación dependerá del análisis de riesgo.
Adicionalmente, para el otorgamiento de nuevos créditos a estos deudores, además de la capacidad de pago del deudor, se podrán considerar las garantías que se puedan otorgar a favor de la entidad financiera.
Circular externa 022 de 2020- Superfinanciera
Fuente:
supersociedades.gov.co