Se modificó el plazo para obligados a suministrar información del RUB y a inscribirse en el SIESPJ
La DIAN emitió la resolución 000037 del 2022*, que modifica el plazo que tienen los obligados para realizar el suministro de la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB), y para la inscripción en el Sistema de Identificación de Estructuras Sin Personería Jurídica (SIESPJ) a través de los sistemas informáticos de la DIAN.
Los plazos para suministrar información en el RUB son los siguientes:
- Personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas o creadas con anterioridad al 30 de septiembre de 2022, a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
- Personas jurídicas, estructuras sin personería jurídica o similares, constituidas o creadas a partir del 30 de septiembre de 2022, a más tardar dentro de los 2 meses siguientes a la inscripción en el RUT o a la inscripción en SIESPJ
Plazos para inscripción en el SIESPJ:
- Las estructuras sin personería jurídica o similares creadas con anterioridad al 30 de septiembre de 2022, que no se encuentren obligadas a inscribirse en el Registro Único Tributario – RUT deberán inscribirse a más tardar el 31 de diciembre de 2022.
- Las estructuras sin personería jurídica o similares creadas a partir del 30 de septiembre de 2022 deberán inscribirse a más tardar dentro del mes siguiente a su creación.
Por medio de esta resolución se modificó también el numeral 4 del artículo 4 de la Resolución 000164 de 2021 y quedó así:
Personas jurídicas extranjeras, cuando la totalidad de su inversión en la República de Colombia no se efectúe en personas jurídicas, establecimientos permanentes y/o estructuras sin personería jurídica o similares obligadas a suministrar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB de acuerdo con los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo.
Fuente:
INCP.org